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🏗️ Servicio de Seguridad e Higiene para Obras
📋 ¿Qué Programas de Seguridad podemos confeccionar?
✅ Programa de Seguridad – Resolución SRT 35/98
De acuerdo con lo establecido en los artículos 2º y 3º de la Resolución SRT Nº 51/97:
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El contratista principal o el comitente deberá coordinar un Programa de Seguridad Único para toda la obra.
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Dicho programa debe contemplar todas las tareas a realizarse, tanto por personal propio como por el de empresas subcontratistas.
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En caso de existir más de un contratista principal, la confección del programa deberá ser acordada entre todos ellos.
✅ Programa de Seguridad – Resolución SRT 319/99
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Aplica a obras repetitivas y de corta duración.
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Se considera obra de estas características aquella que:
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Se ejecuta siguiendo siempre el mismo procedimiento de trabajo.
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Su tiempo de ejecución no excede los 7 días corridos.
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🎯 ¿Por qué elegirnos?
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Elaboramos programas de seguridad ajustados a la normativa vigente.
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Asesoramos a contratistas principales, subcontratistas y comitentes.
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Garantizamos el cumplimiento legal y la protección de todos los trabajadores en obra.
👉 Consultá por nuestros servicios y diseñemos juntos un plan de seguridad a medida para tu proyecto.


