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🏗️ Servicio de Seguridad e Higiene para Obras

📋 ¿Qué Programas de Seguridad podemos confeccionar?

✅ Programa de Seguridad – Resolución SRT 35/98
De acuerdo con lo establecido en los artículos 2º y 3º de la Resolución SRT Nº 51/97:

  • El contratista principal o el comitente deberá coordinar un Programa de Seguridad Único para toda la obra.

  • Dicho programa debe contemplar todas las tareas a realizarse, tanto por personal propio como por el de empresas subcontratistas.

  • En caso de existir más de un contratista principal, la confección del programa deberá ser acordada entre todos ellos.

✅ Programa de Seguridad – Resolución SRT 319/99

  • Aplica a obras repetitivas y de corta duración.

  • Se considera obra de estas características aquella que:

    • Se ejecuta siguiendo siempre el mismo procedimiento de trabajo.

    • Su tiempo de ejecución no excede los 7 días corridos.

🎯 ¿Por qué elegirnos?

  • Elaboramos programas de seguridad ajustados a la normativa vigente.

  • Asesoramos a contratistas principales, subcontratistas y comitentes.

  • Garantizamos el cumplimiento legal y la protección de todos los trabajadores en obra.

👉 Consultá por nuestros servicios y diseñemos juntos un plan de seguridad a medida para tu proyecto.

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